Toda trabajadora en estado de embarazo, tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.
Licencia de maternidad preparto:
Licencia de maternidad para madres de niños prematuros
Tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el
nacimiento a término, las cuales serán sumadas a las 14 semanas que se
establecen en la presente ley. Cuando se trate de madres con parto múltiple, se
tendrá en cuenta lo establecido en el inciso anterior sobre niños prematuros,
ampliando la licencia en dos (2) semanas más. Dependiendo de la edad
gestacional, la OMS clasifica los Recién Nacidos (RN) así:
·
Pre término: Cuando el RN se ubica en
la curva entre la semana 24 hasta la semana 36 de gestación, es decir menos de
37 semanas, independientemente del peso al nacer.
·
Término: Cuando el RN se ubica entre la semana 37
y 41 de gestación, independientemente del peso al nacer.