EPS S.O.S Incapacidad derivada de un accidente de tránsito de origen común:


Requisitos

Cotizar al SGSSS como mínimo cuatro semanas ininterrumpidas y completas en calidad de cotizante, si es de origen común.
Quién reconoce el pago de la prestación económica:

Los primeros dos días serán reconocidos por el empleador. A partir del tercer día, y hasta el día 180, el reconocimiento económico estará a cargo de la EPS, en las siguientes proporciones:
A partir del día 2 y hasta los 90 días, las 2/3 partes del IBC; a partir del día 91 y hasta el día 180, el 50% del IBC.

A partir del día 181, el reconocimiento está a cargo del fondo de pensiones.